Ley de Protección de Datos Personales en Chile: el proyecto que posterga su entrada en vigencia a 2027

El 31 de agosto de 2026 el Gobierno ingresó al Senado un mensaje presidencial que modifica la Ley N° 21.719 y posterga desde el 1 de diciembre de 2026 al 1 de diciembre de 2027 la entrada en vigencia del nuevo régimen de protección de datos personales. El Ejecutivo le puso suma urgencia el 1 de septiembre de 2026. Te explicamos qué contiene el proyecto (Boletín N° 18.623-07) y qué significa para tu empresa.

Actualización 22 de octubre de 2026: el Ejecutivo retiró la urgencia Suma y le puso discusión inmediata al proyecto el 21 de octubre de 2026 (Mensaje N° 397-374), el nivel de urgencia más alto que contempla la ley, lo que obliga a acortar los plazos para que el Senado se pronuncie. Además, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado comenzó el estudio del boletín, con la participación de los ministros de Economía, Fomento y Turismo, Daniel Mas Valdés, y Secretaría General de la Presidencia, José García Ruminot, además del abogado y exsenador Felipe Harboe. El boletín sigue radicado en esa comisión (y en la Comisión de Hacienda en lo que corresponda); aún no hay informe de comisión, votación en sala ni indicaciones presentadas.

Postergación de la Ley de Protección de Datos Personales en Chile

Ley de Protección de Datos Personales en Chile: el proyecto que posterga su entrada en vigencia a 2027

📌 Respuesta directa: El 31 de agosto de 2026 el Gobierno ingresó al Senado el Mensaje N° 110-374 (Boletín N° 18.623-07), que modifica la Ley N° 21.719 y posterga su entrada en vigencia del 1 de diciembre de 2026 al 1 de diciembre de 2027. El proyecto también aumenta de tres a cinco los consejeros de la Agencia de Protección de Datos Personales, ajusta el quórum y los plazos de su primera designación, y extiende a todas las empresas —no solo a las de menor tamaño— la posibilidad de recibir solo una amonestación durante los primeros doce meses. El Ejecutivo le dio urgencia el 1 de septiembre de 2026. Mientras no se publique en el Diario Oficial, la Ley 21.719 sigue vigente con su calendario actual.

¿Qué es este proyecto de ley y quién lo presentó?

Se trata de un mensaje presidencial —Mensaje N° 110-374, Boletín N° 18.623-07— ingresado al Senado el 31 de agosto de 2026, firmado por el Presidente José Antonio Kast Rist junto a los ministros de Hacienda, Jorge Quiroz Castro; Secretaría General de la Presidencia, José García Ruminot; y Economía, Fomento y Turismo, Daniel Mas Valdés. Su objeto es modificar la Ley N° 21.719, que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales, publicada en el Diario Oficial el 13 de diciembre de 2024.

El proyecto consta de un artículo único —que introduce cuatro numerales de modificaciones a la Ley 21.719— y dos disposiciones transitorias propias. No deroga ni reemplaza la ley: la ajusta en su institucionalidad y en su calendario de entrada en vigencia. Puedes revisar el estado de tramitación completo en el Boletín N° 18.623-07 del Senado.

¿Por qué el Gobierno pide postergar la entrada en vigencia?

El mensaje explica que la Ley 21.719 creó, mediante un nuevo Título VI, una Agencia de Protección de Datos Personales: una corporación autónoma de derecho público, técnica y descentralizada, dirigida por un Consejo Directivo. Instalar esa institucionalidad —designar consejeros, dictar normas generales, aprobar estatutos, habilitar sistemas de fiscalización— es un proceso complejo que, según el Ejecutivo, requiere más tiempo del previsto originalmente.

La ley ya fue ajustada antes: la Ley N° 21.806 (reajuste del sector público 2026) amplió el plazo para la primera designación del Consejo Directivo, de sesenta días a seis meses antes de la vigencia. El nuevo proyecto estima que ni siquiera ese plazo basta frente a la amplitud del régimen, que alcanza a toda persona natural o jurídica, incluidos los organismos públicos.

Los cambios concretos que introduce el proyecto a la Ley 21.719

El articulado modifica cuatro aspectos puntuales de la ley. Así queda el antes y el después:

MateriaLey 21.719 actualCon el proyecto (Boletín 18.623-07)
Consejeros de la AgenciaTres consejerosCinco consejeros
Renovación del ConsejoIndividual, cada dos añosParcial, cada dos años
Quórum mínimo para sesionarDos consejerosTres consejeros
Entrada en vigencia de la ley1 de diciembre de 20261 de diciembre de 2027
Primera designación de consejerosA más tardar 6 meses antes de la vigenciaA más tardar 12 meses antes de la vigencia
Amonestación por escrito (primeros 12 meses)Solo para empresas de menor tamañoPara todos los responsables de datos

Sobre la designación de consejeros, el proyecto también simplifica el procedimiento: el Presidente deberá proponer al Senado, en un solo acto, a dos personas que durarán dos años, a dos que durarán cuatro años y a una que durará seis años —hoy la propuesta es de un consejero por cada duración, acorde a los tres cargos vigentes—. La propuesta requerirá el voto favorable de dos tercios de los senadores en ejercicio y, si el Senado no se pronuncia dentro de plazo, se entenderá aceptada. Además, los consejeros percibirán su remuneración mensual desde la fecha de su nombramiento, quedando sujetos desde ese momento a dedicación exclusiva e incompatibilidades.

Finalmente, el numeral 4 suprime del artículo sexto transitorio la frase que limitaba a las empresas de menor tamaño la posibilidad de recibir solo una amonestación por escrito durante los primeros doce meses de vigencia. El mensaje justifica esto en que las adecuaciones que exige la nueva regulación alcanzan a todos los responsables de datos, no solo a las pymes.

¿Qué significa esto para tu empresa hoy?

Lo primero es tener claro que este es, por ahora, un proyecto de ley, no una ley vigente. Mientras no se apruebe y se publique en el Diario Oficial, la Ley 21.719 sigue su calendario original, con entrada en vigencia el 1 de diciembre de 2026. La urgencia del 1 de septiembre de 2026 sugiere una tramitación rápida, pero el resultado final depende del Congreso.

Si el proyecto se aprueba tal como fue ingresado, tu empresa tendría un año adicional para adecuar sus procesos: política de privacidad, banner de consentimiento, registro de actividades de tratamiento y procedimientos frente a titulares de datos. Revisa el alcance completo en nuestro artículo sobre protección de datos personales en Chile, y si tu sitio usa Google Analytics, qué exige hoy la ley sobre banners de consentimiento de cookies.

Errores comunes al interpretar esta postergación

Con cada modificación legal circulan interpretaciones apresuradas. Estos son los errores más frecuentes que hemos visto:

  • “La ley ya no aplica hasta 2027”: falso mientras el proyecto no se publique. Hoy sigue rigiendo el 1 de diciembre de 2026.
  • “No necesito hacer nada este año”: incluso si se aprueba la postergación, la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada sigue vigente y exige consentimiento para el tratamiento de datos personales.
  • “La Agencia de Protección de Datos no existirá”: la Agencia se sigue creando; lo que cambia es el calendario de instalación de su Consejo Directivo y la fecha en que ejercerá plenamente sus facultades fiscalizadoras.
  • “Esto ya es ley”: es un mensaje recién ingresado a primer trámite constitucional en el Senado; puede modificarse, retrasarse o rechazarse durante la discusión parlamentaria.

Cómo hacer seguimiento del proyecto de ley (Boletín N° 18.623-07)

Para revisar el estado de tramitación, las comisiones que lo estudian, las indicaciones presentadas y su eventual aprobación, puedes seguir el boletín directamente en el sitio del Senado: Boletín N° 18.623-07 – Tramitación en el Senado. Ese enlace se actualiza automáticamente con cada avance del proyecto —informes de comisión, votaciones en sala, indicaciones del Ejecutivo—, por lo que es la fuente oficial más confiable para monitorear su evolución.

En von Marttens® hacemos seguimiento diario de este boletín y actualizamos este artículo a medida que el proyecto avanza en su tramitación, para que siempre encuentres aquí el estado más reciente.

🧠 Checklist: qué hacer mientras el proyecto avanza en el Congreso

🧠 Mientras se define la postergación de la Ley 21.719
  • ✅ No asumas que el 1 de diciembre de 2026 dejó de ser una fecha relevante: sigue vigente hasta que se publique la modificación.
  • ✅ Revisa si tu empresa ya cumple con la Ley 19.628 vigente sobre consentimiento y tratamiento de datos.
  • ✅ Avanza en tu política de privacidad y banner de cookies aunque el plazo se extienda: la adecuación toma meses, no días.
  • ✅ Haz seguimiento del Boletín N° 18.623-07 para conocer el estado real del proyecto.
  • ✅ Si tu empresa es pyme, considera que el trato especial de la amonestación podría dejar de ser exclusivo para ti.
  • ✅ Consulta con un asesor legal antes de tomar decisiones basadas en un proyecto que aún no es ley.

La postergación que propone el Ejecutivo busca que la nueva institucionalidad de protección de datos personales empiece a operar en condiciones reales, no solo en el papel. Pero para las empresas, la lección de fondo no cambia: cumplir con la protección de datos personales no es una carrera contra una fecha límite, sino una forma de hacer las cosas bien y generar confianza con quienes te entregan su información.

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