Software de terceros: qué es y qué riesgos legales implica usarlo en tu empresa
Qué es, dónde aparece y cómo gestionarlo bajo la normativa chilena

Software de terceros: qué es y qué riesgos legales implica usarlo en tu empresa
Casi ninguna empresa desarrolla el 100% del software que usa. Sistemas operativos, librerías, plugins, plataformas SaaS y componentes de código abierto forman parte de prácticamente cualquier producto o proceso digital. Ese software de terceros trae eficiencia, pero también riesgos legales que muchas empresas no identifican hasta que ya es tarde. Este artículo explica qué es el software de terceros, qué riesgos implica en Chile y cómo gestionarlos.
| 📍 Respuesta directa: El software de terceros es cualquier programa, componente o servicio informático que tu empresa usa sin haberlo desarrollado internamente, ya sea licenciado, contratado como SaaS o incorporado como código abierto. Sus principales riesgos legales en Chile son la infracción de derechos de autor conforme a la Ley 17.336, la falta de garantías del proveedor, la exposición en materia de ciberseguridad bajo la Ley 21.663 y el tratamiento de datos personales de terceros sin control contractual adecuado. |
¿Qué es el software de terceros?
Se entiende por software de terceros todo programa, componente, biblioteca, plataforma o servicio informático que una empresa utiliza sin ser su desarrollador ni su titular. Incluye desde el sistema operativo de los computadores de la oficina, hasta las plataformas SaaS de gestión, los plugins que corren dentro de un sitio web, las librerías de código abierto que un equipo de desarrollo integra en su producto, y las APIs de proveedores externos que procesan datos o transacciones.
La particularidad del software de terceros es que tu empresa no controla su desarrollo, su mantenimiento ni su ciclo de vida. Dependes de las decisiones de un proveedor —o de una comunidad, en el caso del código abierto— sobre actualizaciones, corrección de errores, continuidad del soporte y condiciones de la licencia. → Si tu empresa además desarrolla software propio, revisa también quién es el dueño de un software en Chile para entender cómo se cruza la titularidad propia con los componentes de terceros que integras.
Los riesgos del software de terceros según el curso DL-511 de la OMPI
El Módulo 3 del curso DL-511 “Concesión de licencias de programas informáticos, incluidos los programas de código abierto”, dictado por la Academia de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), clasifica los riesgos de adoptar software desarrollado por terceros en tres categorías, aplicables tanto a componentes de código abierto como a software propietario:
- Riesgos técnicos: el módulo advierte sobre la inmadurez de algunos proyectos, la falta de garantías de desarrollo continuo y la complejidad de evaluar la calidad de una solución que no fue desarrollada internamente. Muchos proyectos “se abandonan o quedan en manos de unos pocos desarrolladores o incluso de uno solo, lo que puede poner en riesgo su progreso”.
- Riesgos económicos: el principal riesgo señalado por el módulo es el fracaso o discontinuación del proyecto o proveedor, lo que obliga a migrar a otra solución. Como explica el curso, esa migración “implica también un cambio a nivel institucional y de gestión”, además del costo financiero directo. El mismo riesgo, señala el módulo, “también surge cuando un proveedor de programas de propiedad deja de dar apoyo a un producto, o lo retira, sin ofrecer una solución transicional”.
- Riesgos jurídicos: el módulo identifica la incertidumbre sobre la titularidad de los derechos de propiedad intelectual de terceros, la ausencia de garantías —el software se entrega generalmente “tal cual”— y el riesgo de infracción de patentes o derechos de autor cuando el software incorpora componentes cuya situación jurídica no está clara. El curso subraya que “los adquirentes y los proveedores de cualquier programa informático tienen la obligación —respaldada por las indemnizaciones correspondientes— de gestionar los derechos de PI que están explotando”.
Riesgos legales concretos al usar software de terceros en Chile
Infracción de derechos de autor por uso no autorizado
Todo software está protegido desde su creación conforme al artículo 3° N° 16 de la Ley 17.336 sobre Propiedad Intelectual. Usar un software de terceros fuera de los términos de su licencia —más usuarios de los autorizados, en un ambiente distinto al pactado, o sin licencia alguna— constituye una infracción que puede derivar en acciones civiles y, en los casos más graves, en sanciones penales conforme a los artículos 79 y siguientes de la misma ley. → Revisa también qué debe incluir una licencia de uso de software en Chile para evitar operar fuera de lo autorizado.
Contaminación de propiedad intelectual en tus propios desarrollos
Si tu empresa desarrolla software propio integrando librerías o componentes de terceros —especialmente de código abierto—, corres el riesgo de que las condiciones de esas licencias se extiendan a tu producto final, obligándote a liberar código propio o a limitar su comercialización. Este riesgo se vuelve crítico en procesos de due diligence para inversión o venta de la empresa, donde se audita el origen de cada componente del software.
Ausencia de garantías y limitación de responsabilidad del proveedor
La mayoría de los contratos de software de terceros —tanto propietario como de código abierto— excluyen o limitan severamente las garantías sobre el funcionamiento del programa. Si ese software falla y genera un perjuicio a tu empresa o a tus clientes, es probable que el contrato del proveedor limite su responsabilidad a un monto acotado o la excluya derechamente, dejando a tu empresa expuesta frente a terceros aunque el origen del problema no haya sido tuyo.
Ciberseguridad y responsabilidad frente a la Ley 21.663
La Ley 21.663, Marco de Ciberseguridad, vigente desde enero de 2025, obliga a las instituciones públicas y a los prestadores de servicios esenciales a gestionar los riesgos de ciberseguridad de toda su cadena de proveedores, incluyendo el software de terceros que utilizan.
Tratamiento de datos personales por parte de proveedores externos
Cuando un software de terceros —especialmente en modelo SaaS— procesa datos personales de tus clientes o trabajadores, tu empresa suele actuar como responsable del tratamiento y el proveedor como encargado. Esto exige cláusulas contractuales claras sobre seguridad, confidencialidad y notificación de brechas, exigencia que se refuerza con la entrada en vigencia de la Ley 21.719 el 1 de diciembre de 2026. → Revisa también qué debe incluir la política de privacidad de un sitio web o app en Chile y las obligaciones que trae un contrato SaaS en materia de datos personales.
Dependencia del proveedor y continuidad del negocio
Si un proveedor de software crítico para tu operación cesa actividades, discontinúa el producto o cambia sus condiciones comerciales de forma unilateral, tu empresa puede quedar en una posición de dependencia costosa de revertir, especialmente si los datos o procesos quedan atados a un formato propietario difícil de migrar.
Cómo mitigar los riesgos del software de terceros
Ninguno de estos riesgos se elimina evitando el software de terceros —es prácticamente imposible operar sin él—, pero sí se puede gestionar con una estrategia legal ordenada:
- Inventario de dependencias: mantener un listado actualizado del software de terceros que usa tu empresa, incluyendo licencias, versiones y proveedores.
- Auditoría de licencias: antes de integrar un componente de terceros en un desarrollo propio, verificar bajo qué licencia se distribuye y qué condiciones impone. → Apóyate en nuestro checklist legal de propiedad intelectual para startups y empresas tech.
- Cláusulas contractuales de garantía e indemnidad: negociar, en la medida de lo posible, cláusulas de indemnización frente a reclamos de terceros por infracción de propiedad intelectual del software provisto.
- Cláusulas de seguridad y datos personales: exigir a los proveedores compromisos concretos de seguridad, notificación de incidentes y tratamiento de datos, alineados con la Ley 21.663 y la próxima Ley 21.719.
- Plan de contingencia y portabilidad: asegurar que los datos y procesos de tu empresa puedan migrar a otra solución si el proveedor discontinúa el servicio, evitando el “secuestro” tecnológico.
Preguntas frecuentes
¿El software de terceros incluye el código abierto?
Sí. El código abierto es una categoría de software de terceros: no lo desarrollaste tú, y aunque su licencia autoriza usos amplios, sigue siendo propiedad intelectual de sus autores originales y está sujeto a las condiciones de su licencia.
¿Mi empresa es responsable si un software de terceros falla y afecta a un cliente?
Frente a tu cliente, generalmente sí, salvo que hayas trasladado contractualmente esa responsabilidad. La relación entre tu empresa y tu cliente es independiente del contrato que tengas con el proveedor del software, por lo que conviene que las condiciones de responsabilidad de ambos contratos estén alineadas.
¿Debo auditar el software de terceros antes de levantar una ronda de inversión?
Sí. En cualquier due diligence de inversión o adquisición se revisa el origen y las licencias del software que sustenta el negocio. Un componente de terceros mal licenciado puede afectar la valorización de la empresa o incluso frenar la operación.
¿La Ley 21.663 me obliga a algo si solo uso software de terceros y no soy un proveedor de servicios esenciales?
Las obligaciones más estrictas de la ley recaen sobre instituciones públicas y prestadores de servicios esenciales, pero cualquier empresa que dependa de proveedores tecnológicos externos debe evaluar el riesgo de ciberseguridad que estos introducen, ya que un incidente originado en un proveedor puede afectar directamente tu operación y tu responsabilidad frente a terceros.
¿Qué diferencia hay entre software de terceros y software desarrollado por encargo?
El software por encargo se desarrolla específicamente para tu empresa y, si el contrato está bien redactado, tú eres su titular. El software de terceros ya existe, pertenece a otro y tu empresa solo obtiene un derecho de uso o acceso, nunca la propiedad del código. → Revisa también qué cláusulas debe tener un contrato de desarrollo de software.
¿Necesitas evaluar los riesgos legales del software que usa tu empresa?
En von Marttens® contamos con experiencia específica en propiedad intelectual y contratos de software. Nuestro fundador, el abogado Hans von Marttens, cuenta con el certificado del curso DL-511 “Concesión de licencias de programas informáticos, incluidos los programas de código abierto” de la Academia de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), lo que respalda un conocimiento técnico y actualizado sobre licenciamiento y gestión de riesgos de software a nivel internacional. Auditamos las dependencias tecnológicas de tu empresa y redactamos las cláusulas contractuales necesarias para proteger tu operación frente a los riesgos del software de terceros.
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